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La Ley 462 del 18 de marzo de 2025 y los cambios que produce en la Caja de Seguro Social (CSS) de Panamá)

La Ley 462 de 18 de marzo de 2025 introduce reformas a la Caja de Seguro Social (CSS), con el fin de recuperar a la institucion de la insolvencia y brindar sostenibilidad al régimen de invalidez, vejez y muerte (en adelante, IVM).

De esta nueva ley, se pueden resaltar los siguientes puntos:

  1. Edad de Jubilación: No se produce el aumento de la edad de jubilación, sin embargo, se contempla un análisis por parte de la Asamblea Nacional dentro de seis años, por tanto, las edades de jubilación de referencia se mantienen en 57 años para las mujeres y 62 para los hombres. Adicionalmente, un ajuste relevante en la edad de jubilación consiste en que las personas que no logren acumular las cuotas requeridas podrán acceder a una jubilación proporcional según sus aportes realizados a la CSS.
  • Sistema Único de Capitalización Solidaria: Se establecerá un sistema financiado a través de un Fondo Único Solidario, estructurado en dos componentes:
  • Componente contributivo de capitalización con garantía solidaria: Consiste en la asignación de una pensión garantizada solidaria, calculada con base en las cotizaciones acumuladas en las cuentas individuales del afiliado, permitiendo así que el beneficio recibido sea proporcional a los aportes realizados a lo largo de su trayectoria laboral.
  • Componente solidario no contributivo: Otorga una pensión mínima de B/. 144.00 para aquellas personas no hayan podido realizar suficientes aportes durante su vida laboral. Adicionalmente, contempla una pensión de beneficio solidario, cuyo monto variará en función de las contribuciones efectuadas por el cotizante.
  • Aportes del Estado: Contempla la aportación anual por el Estado de 966 millones de dólares a fin de cubrir el déficit actuarial que arrastra el sistema de IVM. Adicionalmente, este monto se deberá ajustar cada año con un tope de 4% de incremento.
  • Afiliación de profesionales independientes: Se establece la obligación para los trabajadores independientes de afiliarse a la CSS, con una cuota del 9.36% sobre el ingreso cotizable para cubrir las prestaciones del IVM. Adicionalmente, se introduce una cuota voluntaria del 8.5% destinada a la cobertura por enfermedad y maternidad. No obstante, los trabajadores independientes que se afilien voluntariamente a la cobertura por enfermedad o maternidad no tendrán cobertura del riesgo profesional.
  • Incremento en el aporte patronal: La cuota de los empleados se mantiene en el 9.75%, sin embargo, la cuora correspondiente a los empleadores fue modificada. En este sentido, se producirá un incremento en el aporte patronal de forma escalonada de la siguiente manera:
  • 13.25% a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley y hasta el 28 de febrero de 2027.
  • 14.25% a partir del 1 de marzo de 2027 hasta el 28 de febrero de 2029.
  • 15.25% a partir del 1 de marzo de 2029 en adelante.

Se debe destacar que, el incremento del 13.25% en la cuota patronal será aplicable a partir del mes de marzo y se reflejará en el pago de abril. No obstante, la implementación de este ajuste dependerá de la actualización del sistema del Seguro Social, a fin de que las empresas puedan visualizar el aumento correspondiente en la planilla.

Además, a partir del año 2036, la CSS dejará de conceder la indemnización por vejez, procediendo en su lugar al cálculo de una pensión de retiro por vejez bajo el Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria.

Asimismo, la Ley 462 del 18 de marzo de 2025 establece diversas disposiciones de interés, entre las que destacan:

  1. Afiliación de las personas contratadas bajo servicios profesionales: Las personas que estén contratadas por servicios profesionales, tanto nacionales como estranjeras, deberán afiliarse a la CSS si realizan tareas iguales o parecidas a las que existen en la institución. De no estar afiliadas, el Estado cuenta con seis días hábiles para inscribirlas en la CSS. Adicionalmente, el Estado recaudará las cuotas que los trabajadores deben pagar a la CSS y deberá remitirlas a la institución.
  • Afiliación automática: Se implementará un mecanismo de afiliación automática mediante enlaces con el Ministerio de Trabajo, cuya ejecución deberá concretarse dentro de los veinticuatro meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley.
  • Aumento en las sanciones por incumplimiento: Se establecen montos más elevados en las sanciones aplicables a los empleadores y trabajadores independientes que no cumplan con las disposiciones establecidas en la normativa. Tales sanciones se aplicarán de la siguiente manera:
Tipo de IncumplimientoSanción correspondiente según la Ley 462 del 18 de marzo de 2025
Falta de inscripción, afiliación y notificaciónDesde B/. 100 hasta B/. 5,000
Declaraciones falsas, sub declaraciones y omisionesDesde B/. 1,000 hasta B/. 30,000
Negativa a suministrar informacionDesde B/. 1,000 hasta B/. 50,000
Simulacion de actos jurídicosDesde B/. 1,000 hasta B/. 50,000
Sanciones por otras infracciones a la LeyDesde B/. 500 hasta B/.25,000

En conclusión, las reformas introducidas por la Ley 462 de 18 de marzo de 2025 representan un cambio significativo en el sistema de seguridad social en nuestro país, con el objetivo de garantizar su sostenibilidad a largo plazo. Asimismo, las medidas contempladas en la Ley buscan ampliar la cobertura y mejorar la eficiencia del sistema. No obstante, la correcta implementación de estas medidas será clave para minimizar el impacto en los empleadores y trabajadores, asegurando así un equilibrio entre la viabilidad financiera del sistema de la CSS y la protección social de los panameños.

Para más información, favor contactarnos a: info@ordonezchea.com

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