Las amenazas del Presidente Trump, asidero legal e implicaciones.
Introducción
El Canal de Panamá es una de las infraestructuras estratégicas más importantes del comercio mundial, permitiendo el tránsito eficiente de embarcaciones entre los océanos Atlántico y Pacífico. Su administración ha sido históricamente un punto de tensión en las relaciones entre Panamá y Estados Unidos. Desde su traspaso a Panamá en el año 2000, bajo los términos de los Tratados Torrijos-Carter de 1977, el canal ha sido operado por la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), una entidad panameña autónoma.
Ante un hipotético escenario en el que EE. UU. emprendiera una acción político-militar para retomar el control del canal, surgirían graves implicaciones legales a nivel internacional. Este artículo analiza los tratados vigentes, el derecho internacional, las reacciones de la comunidad internacional y las posibles consecuencias de tal acción.
1. El Marco Jurídico Internacional del Canal de Panamá
1.1 Tratados Torrijos-Carter y el Fin del Control Estadounidense
Los Tratados Torrijos-Carter, firmados en 1977, establecieron la transferencia progresiva del Canal de Panamá a manos panameñas, culminando el 31 de diciembre de 1999. En estos tratados se reconoció la plena soberanía de Panamá sobre la vía interoceánica, y se estipuló que Estados Unidos perdería cualquier derecho a intervenir militarmente en el canal tras la fecha de transferencia.
Además, el Tratado de Neutralidad Permanente y Funcionamiento del Canal de Panamá, firmado simultáneamente, establece que el canal debe permanecer abierto para el tránsito pacífico de todas las naciones, garantizando la libre navegación sin discriminación. Sin embargo, en su texto se concede a EE. UU. el derecho de actuar para defender la neutralidad del canal en caso de que esta se vea amenazada. Este punto ha sido interpretado de distintas maneras y podría ser usado como justificación para una acción militar, aunque con severas repercusiones.
1.2 Derecho Internacional Humanitario y de la Guerra
Cualquier incursión militar unilateral de EE. UU. en territorio panameño violaría los principios básicos del derecho internacional humanitario y del derecho de la guerra, regulados por la Carta de las Naciones Unidas, los Convenios de Ginebra y el Estatuto de Roma.
Según el Artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas, el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de un Estado es ilegal, salvo en dos excepciones:
- Legítima defensa (Artículo 51): EE. UU. podría argumentar que la seguridad de sus intereses estratégicos está en riesgo, pero tal argumento sería débil si Panamá no ha tomado acciones hostiles.
- Mandato del Consejo de Seguridad de la ONU: Sin una autorización expresa del Consejo de Seguridad, una intervención militar en Panamá violaría el derecho internacional.
2. Posibles Justificaciones de EE. UU. y sus Debilidades Legales
2.1 Seguridad Nacional y Protección del Comercio
EE. UU. podría alegar que el Canal de Panamá es vital para su seguridad nacional y economía, argumentando que su administración por Panamá (o por actores con influencia en la región, como China) representa un riesgo estratégico. No obstante, el canal opera con plena neutralidad y está abierto a todos los países bajo estrictos principios comerciales, lo que desmoronaría cualquier alegato de exclusión o perjuicio a los intereses estadounidenses.
2.2 Doctrina Monroe y Proyección de Poder en América Latina
Históricamente, EE. UU. ha utilizado la Doctrina Monroe para justificar su influencia en América Latina, argumentando que cualquier injerencia extranjera en la región afecta sus intereses. Sin embargo, en el actual marco del derecho internacional, esta doctrina no tiene validez jurídica y una acción unilateral de EE. UU. sobre Panamá sería rechazada globalmente.
2.3 Uso del Tratado de Neutralidad como Pretexto
Aunque el Tratado de Neutralidad le permite a EE. UU. «garantizar el acceso seguro al canal», esto no implica el derecho a intervenir militarmente en Panamá. La neutralidad del canal no ha sido amenazada, y cualquier acción militar se consideraría una violación a la soberanía panameña y a los tratados vigentes.
3. Reacciones de la Comunidad Internacional
Un ataque o intervención sobre Panamá tendría repercusiones globales.
3.1 Reacción de la ONU
El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas condenaría rápidamente cualquier acción militar unilateral, especialmente si se realiza sin autorización. Esto podría llevar a sanciones contra EE. UU. y a una crisis diplomática en la Asamblea General.
3.2 América Latina y la OEA
La Organización de Estados Americanos (OEA) reaccionaría con firmeza contra una invasión, ya que atentaría contra los principios de soberanía y no intervención. Gobiernos latinoamericanos, incluso aquellos con lazos cercanos a EE. UU., condenarían la acción y buscarían mecanismos de respuesta.
3.3 China y Otras Potencias
China, que mantiene una fuerte presencia comercial en Panamá y en la región, vería una acción de EE. UU. como una amenaza directa a sus intereses estratégicos. Esto podría escalar a un conflicto diplomático de mayores dimensiones. Asimismo, potencias como Rusia y la Unión Europea se posicionarían en contra de una intervención.
4. Consecuencias Legales y Económicas para EE. UU.
4.1 Violaciones al Derecho Internacional y Demandas ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)
Panamá podría presentar una demanda contra EE. UU. ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por violación de su soberanía y de tratados internacionales. Aunque la CIJ no tiene un mecanismo de ejecución forzosa, una sentencia en contra de EE. UU. afectaría gravemente su posición diplomática.
4.2 Sanciones y Reacciones Económicas
Una intervención podría desencadenar sanciones comerciales y financieras contra EE. UU., tanto por parte de América Latina como de otros actores internacionales. Empresas estadounidenses con operaciones en la región sufrirían represalias, y el comercio en el canal podría verse gravemente afectado.
4.3 Repercusiones en el Derecho Interno de EE. UU.
En el ámbito doméstico, una invasión sin respaldo del Congreso violaría las propias leyes estadounidenses sobre el uso de la fuerza militar en el extranjero. Además, generaría una crisis política y social, con fuertes protestas y rechazo de la opinión pública.
Conclusión
Una acción político-militar de EE. UU. para retomar el control del Canal de Panamá no solo sería ilegal bajo el derecho internacional, sino que también desataría una crisis diplomática y económica de gran magnitud. Los tratados vigentes establecen claramente la soberanía panameña sobre la vía interoceánica y cualquier justificación para una intervención sería frágil ante la comunidad internacional.
Más allá de las implicaciones legales, el costo político y económico de tal acción sería insostenible para EE. UU., enfrentando sanciones, condenas globales y una posible crisis con aliados estratégicos. En un mundo interconectado, el respeto al derecho internacional y la cooperación multilateral siguen siendo las vías legítimas para resolver disputas y garantizar la estabilidad geopolítica.